¿Qué pasa si dejo de pagar las mensualidades de mi crédito?
¿Puede el banco vender mi casa sin haber sido demandado?
¿Qué hago si el banco me propone reestructurar mi crédito?
¿Qué hago si el banco me pide entrar a un esquema de rentas?
El banco me propone firmar un convenio, ¿eso me favorece?
¿Qué hago si recibo una demanda?
¿Si estoy demandado debo seguir pagando al banco?
¿Si me demandaron y no conteste, ya perdí?
¿Si perdí el juicio, aun puedo defenderme?
¿Qué ventajas tengo al contratar un abogado?
¿Ofrecen algún otro servicio además de la defensa de deudores?
¿Cómo puedo pagar un abogado si no puedo pagar mis deudas?

¿Qué pasa si dejo de pagar las mensualidades de mi crédito? volver arriba

El acreedor siempre buscará la recuperación del dinero que se le debe, regularmente, inicia con la gestión extrajudicial que consiste en hacer llamadas al deudor, en el envío de correspondencia o en las visitas de su personal, exigiéndole el pago en un plazo breve, en ocasiones, esas gestiones son en forma cordial y muchas otras son mediante intimidaciones y amenazas, aprovechándose del desconocimiento de la gente al respecto, aclarando que dichas gestiones no pueden ni tienen la fuerza legal para que el deudor pierda o entregue su casa.

Cabe decir que dentro de las gestiones extrajudiciales, el acreedor (banco, hipotecaria, etc.) puede ofrecer al deudor como solución una reestructuración o modificación de su crédito, una dación en pago, entrega o que entre en el esquema de rentas que en verdad es un fideicomiso en el que se entrega prácticamente la casa, sin que el deudor sepa los verdaderos alcances legales de lo que firmó.

Si esas gestiones no dan resultado el acreedor procederá, entonces, a la demanda ante los juzgados y se le notificará ésta al deudor.

En todos los casos anteriores, se recomienda siempre se busque la asesoría legal de un abogado experto en la materia para que el deudor no dé pasos equivocados que lleven a la pérdida de su patrimonio.


¿Puede el banco vender mi casa sin haber sido demandado? volver arriba

El banco solo puede vender una propiedad si ésta le pertenece y eso sucede si ella se remató dentro de un juicio y se la adjudicó o si el deudor firmó una dación en pago o un fideicomiso que es mejor conocido como el esquema de rentas.

En ningún otro caso el banco podría vender una propiedad ya que regularmente lo que se celebra es un contrato en el cual ese banco dá un crédito al deudor para que compre una casa y ese inmueble queda como garantía de la deuda mencionada y para poder entrar en posesión del mismo es necesario que se promueva un juicio en el que se sigan todos los trámites que la ley señala hasta su conclusión, recordando que el deudor puede defenderse en cualquier etapa del juicio.


¿Qué hago si el banco me propone reestructurar mi crédito? volver arriba

Siempre es recomendable acudir con un abogado especialista antes de firmar cualquier tipo de contrato o convenio para que revise a detalle el contenido de ellos, aunque la mayoría de las veces esa reestructura es desfavorable para el deudor porque el banco o acreedor siempre busca obtener el mayor beneficio.


¿Qué hago si el banco me pide entrar a un esquema de rentas? volver arriba

Siempre es recomendable acudir con un abogado especialista antes de firmar cualquier tipo de contrato o convenio para que revise a detalle el contenido de ellos, aunque la mayoría de las veces el esquema de rentas es desfavorable para el deudor pues pierde la propiedad del inmueble y solo conserva la posesión la que, en caso de fallar al pago de las mensualidades, también perderá porque el banco o acreedor siempre busca obtener el mayor beneficio.

Es importante decir que al firmar el esquema de rentas (fideicomiso) se pierde la propiedad del inmueble y solo en el caso de cumplir con todos y cada uno de los pagos de las rentas o mensualidades, se obtiene una posibilidad de readquirir el inmueble al precio que fije el banco o acreedor, definitivamente ésta no es una solución al problema sino un agravante al mismo.


El banco me propone firmar un convenio, ¿eso me favorece? volver arriba

Siempre es recomendable acudir con un abogado especialista antes de firmar cualquier tipo de convenio para que revise a detalle el contenido de ellos, pero si dicho convenio es judicial, hay que poner mayor cuidado ya que el deudor admite todo lo que se le demanda y renuncia a sus defensas, regularmente implica un número de pagos a largo plazo sin tomar en cuenta lo que ya se había pagado con anterioridad y, si uno de esos pagos del convenio se incumple, se procede directamente a la ejecución del mismo que conlleva al remate de la propiedad.


¿Qué hago si recibo una demanda? volver arriba

Hay que acudir inmediatamente con un abogado especialista para que proceda a revisar la documentación y a contestar la demanda ya que hay un término muy breve para hacerlo y es en esa contestación en donde se opondrán todas las defensas legales, además se debe verificar que a la demanda se hayan acompañado todos los documentos que correspondan.


¿Si estoy demandado debo seguir pagando al banco? volver arriba

En muchas ocasiones que una persona es demandada, ésta sigue haciendo pagos al banco pensando que con ello está resolviendo el problema y que quizá se pondrá al corriente, lo más recomendable es dejar de efectuar esos pagos hasta en tanto no se llegue a un arreglo satisfactorio entre el banco y el deudor ya que muchas veces esos pagos se aplican a los intereses, los cuales, al momento de una negociación, casi siempre se quitan.


¿Si me demandaron y no conteste, ya perdí? volver arriba

Lo mejor que puede hacer un deudor que ha sido demandado es contestar la demanda pues es en ese momento en el que puede oponer todas sus defensas, más existen muchas personas que por omisión o desconocimiento de que estaban demandadas, dejan de hacerlo, ante ello, es necesario evaluar, por medio de un abogado especialista, el estado de ese juicio para determinar que defensa es la adecuada para su situación particular.

Es importante reiterar que independientemente del estado del juicio, se haya contestado o no, es posible legalmente iniciar una defensa que ayude al demandado a no perder su patrimonio.


¿Si perdí el juicio, aun puedo defenderme? volver arriba

Siempre es necesario que cada juicio sea revisado y evaluado por el abogado defensor del deudor para constatar que se haya cumplido todos los requisitos de ley que debe haber en cada juicio pues si se omitió alguno de ellos es posible iniciar una defensa que culmine con la anulación de ese juicio, vale la pena defenderse sin importar el estado del juicio, siempre hay una solución a ello.


¿Qué ventajas tengo al contratar un abogado? volver arriba

La ventaja principal es contar con una asesoría adecuada que lleve al deudor o demandado a tomar las decisiones correctas que culminen en una negociación para evitar la pérdida del patrimonio pues la mayoría de las ocasiones las personas desconocen sus derechos, defensas y los alcances legales que pudiera tener el no defenderse.


¿Ofrecen algún otro servicio además de la defensa de deudores? volver arriba

La defensa de deudores es nuestra especialidad, más también contamos con abogados expertos en otras áreas del derecho. Más información aqui.


¿Cómo puedo pagar un abogado si no puedo pagar mis deudas? volver arriba

En nuestro despacho contamos con planes de pago acordes con las posibilidades de nuestros clientes ya que estamos consientes de que el problema principal de ellos es, precisamente, la falta de dinero, por ello, se les crea un esquema de pagos personalizado y a su alcance.

 

MISION

Nuestra misión en general es brindar un servicio de asesoría y gestión legal de excelencia y, en lo particular, es que nuestros clientes alcancen el objetivo que buscan al contratar a un abogado, siempre con un trato amable y personalizado, encontrando el apoyo que necesitan y ya que nuestra especialidad es la defensa de deudores buscamos que ningún deudor pierda su patrimonio, que pague lo justo, lo que esté en sus posibilidades

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